Pasaporte Electrónico Portugués (PEP)

Lo que necesita

El proceso comienza con la presentación del Documento de Identidad/Cédula de Ciudadanía vigente como prueba de identidad, de la cual se obtienen los datos biográficos consultando la base de datos respectiva. Las fotografías solo son necesarias si se requiere la presencia del solicitante, y las fotografías se capturan utilizando el equipo especializado. Se recogen la imagen facial, las huellas dactilares y la firma del titular. El titular elige el modo de entrega del Pasaporte y realiza el pago correspondiente.

Si el pasaporte es para un ciudadano mayor de edad 18:

  1. No se acepta ningún documento de identidad que no sea un Documento de Identidad/Documento de Ciudadanía válido;
  2. En el caso de que el solicitante ya sea titular de un pasaporte, la concesión de un nuevo Pasaporte regular solo se permite tras la entrega del pasaporte anterior, excepto cuando este contenga visados que justifiquen su retención por el titular.

Si el pasaporte es para un ciudadano menor de 18 años:

  1. No se acepta ningún documento de identidad que no sea un Documento de Identidad/Documento de Ciudadanía válido, que el menor debe presentar;
  2. En el caso de que el solicitante ya sea titular de un pasaporte, la concesión de un nuevo Pasaporte regular solo se permite previa entrega del pasaporte anterior, excepto cuando este contenga visas que justifiquen su retención por el titular.
  3. El padre o tutor del solicitante deberá presentar su Documento de Identidad / Cédula de Ciudadanía/Pasaporte / otro documento oficial de identificación con nombre completo y fotografía, o, en el caso de un ciudadano extranjero, un pasaporte/visa/permiso de residencia válido que acredite la residencia legal en el territorio nacional;
  4. Un documento que acredite la autoridad parental o de tutela emitida dentro de los seis meses anteriores, cuando corresponda;
    1. Si los padres del niño están casados o tienen una relación de hecho: el menor debe presentar su Cédula de Ciudadanía/Documento de Identidad vigente, acompañado de uno de los padres con un documento de identidad válido. Para probar la existencia de una relación de hecho, los dos miembros de la unión deben presentar una declaración conjunta a tal efecto en la que declaren que han vivido en condiciones similares a las de una pareja casada durante más de dos años;
    2. Si los padres del niño están divorciados, separados legalmente en persona y bienes, separados de hecho o nunca vivieron en condiciones similares a las de una pareja casada: El menor debe presentar su Documento de Identidad/Documento de Ciudadanía válido, acompañado por el padre o tutor con un documento de identificación válido y un documento que acredite la autoridad parental o tutelar (certificado de nacimiento o certificado de sentencia vigente o un acuerdo certificado que establezca esta autoridad).

Si el pasaporte es para un ciudadano inválido o discapacitado:

  1. No se acepta ningún documento de identidad que no sea un Documento de Identidad/Tarjeta de Ciudadano válido, que el ciudadano inválido o discapacitado debe presentar;
  2. En el caso de que el solicitante ya sea titular de un pasaporte, la concesión de un nuevo Pasaporte regular solo se permite tras la entrega del pasaporte anterior, excepto cuando este contenga visados que justifiquen su retención por el titular.
  3. El padre o tutor del solicitante debe presentar su Documento de Identidad / Tarjeta de Ciudadano / Pasaporte / otro documento oficial de identificación con nombre completo y fotografía, o, en el caso de un ciudadano extranjero, un pasaporte/visa/permiso de residencia válido que demuestre la residencia legal en el territorio nacional;
  4. Se requiere un documento que acredite la autoridad de tutela / custodia, expedido dentro de los seis meses anteriores.

El uso de ropa blanca interfiere con la calidad de la foto y puede causar retrasos en la entrega del pasaporte. Se recomienda el uso de ropa de colores para evitar el rechazo técnico de la foto y evitar la necesidad de un segundo intento.

Donde puede solicitar el Pasaporte

  • En los Puntos de Venta de Pasaportes del Aeropuerto de Lisboa y el Aeropuerto de Oporto
  • En las oficinas de registro (Conservatorios y Tiendas para Ciudadanos)
  • De los Gobiernos de las Regiones Autónomas de las Azores y Madeira
  • En los Consulados de Portugal

Plazos de entrega en Portugal y Europa

El plazo de entrega normal para el Pasaporte en los puntos de servicio al cliente es de 5 días hábiles, a contar desde la fecha de entrega en la Casa de la Moneda Nacional y la Imprenta Oficial (hasta las 6 pm). En casos urgentes, a petición del solicitante, se puede acordar un período más corto, con el cobro de las tarifas de emergencia respectivas. El Pasaporte se puede entregar en el lugar donde se solicitó o, con el pago de una tasa adicional más un día hábil adicional para la entrega en Europa, se puede enviar por correo a la dirección del solicitante.

5 días laborables normales (recogida el 6º día laborable)

Express 2 días laborables si se solicita antes de las 5 p. m. (recogida el 3º día laborable)

Urgente 1 día laborable si se solicita antes de las 11 a. m. (recogida el 2º día laborable)

Aeropuerto urgente el mismo día a partir de las 5:15 p. m. en el Aeropuerto de Lisboa si se solicita antes de las 11 a. m. en cualquier cliente punto de servicio

Nota: El cómputo de los plazos de entrega antes mencionados comienza al día siguiente de la solicitud, excepto en el caso de servicios «Urgentes» y «Urgentes aeroportuarios», salvo problemas técnicos o medidas legales que impidan la concesión del pasaporte.
Los plazos de entrega a las oficinas del Servicio de Inmigración y Fronteras, el IRN, las Comunidades Autónomas y al domicilio del solicitante son los mismos.

Para Portugal continental, Madeira, San Miguel y Terceira.

Para Porto Santo, Faial, Pico y S. Maria, se requiere un día adicional para los servicios urgentes y urgentes.

Para Graciosa, Corvo, S. Jorge y Flores, se requiere un día adicional para el servicio normal y tres días adicionales para los servicios urgentes y urgentes.

Plazos de entrega en el extranjero

Los plazos de entrega de pasaportes varían según la ubicación de la oficina consular en cuestión. En casos urgentes, a petición del solicitante, se puede acordar un período más corto, con el cobro de las tarifas de emergencia respectivas. El Pasaporte puede entregarse en el lugar donde se solicitó o, con el pago de una tasa adicional, enviarse por correo a la dirección del solicitante.

Normal 5 días hábiles (excepto países con entrega por valija diplomática)

Express 4 días hábiles si se solicita antes de las 17: 00 (excepto países con entrega por valija diplomática)

Urgente 3 días hábiles si se solicita antes de las 11: 00 (excepto países con entrega por valija diplomática)

Nota: El cómputo de los plazos de entrega mencionados comienza el día siguiente a la solicitud, salvo problemas técnicos o medidas legales que impidan la concesión de el pasaporte.
Un día adicional para Angola, Chipre e Iraq, y cinco días adicionales para Timor-Leste.

Para Argelia, Argentina, Chile, Egipto, India, Irán, Israel, Marruecos, Pakistán, Perú, Santo Tomé y Príncipe, Túnez y Venezuela, la entrega se realiza por valija diplomática y solo en oficinas consulares, con niveles de servicio y tiempos de entrega adaptados a estas circunstancias.

Los plazos de entrega en EE.UU. pueden tardar hasta 4 semanas.

Tasas

El importe a pagar por el servicio normal para la emisión del Pasaporte solicitado en territorio nacional es de 65€. Más 10 €para el servicio de entrega en la dirección indicada por el solicitante, que se entregará en un plazo de 6 días hábiles. Las tasas restantes aplicadas y los plazos establecidos para la expedición del Pasaporte Electrónico se establecen en la Ordenanza 1245/2006 (2ª serie) de 25 de agosto, y se revisan en la Ordenanza 418/2011 de 1 de abril y la Ordenanza 397/2018 de 13 de agosto.

Derechos de concesión, producción, personalización y entrega en territorio nacional
Pasaporte ordinario 65€
Pasaporte Ordinario para Viajero frecuente 100€

Cargos por servicios especiales, además del precio base del pasaporte común / pasaporte común para viajero frecuente
Servicio express 20€
Servicio Urgente 30€
Servicio Urgente en el Aeropuerto de Lisboa 35€

Otras tasas
Envío de un pasaporte común a la dirección del titular en el territorio nacional 10€
Envío de un pasaporte común a la dirección del titular en el extranjero 30€
Externo Servicio 50 €

Reemplazo de pasaporte

¿En qué situaciones es posible reemplazar mi Pasaporte?

  1. Caducidad del Pasaporte;
  2. Cambios en los datos de identificación del titular del Pasaporte válido;
  3. Las páginas de visado del Pasaporte se llenan por completo;
  4. Mal estado o destrucción;
  5. Daños, robo o pérdida;
  6. Caducidad del pasaporte en los próximos seis meses o, en casos excepcionales y casos justificados, dentro del próximo año.

Qué hacer en caso de pérdida/daño/robo del Pasaporte?

Debe seguirse el mismo procedimiento que para otros documentos oficiales: ponerse en contacto con las autoridades competentes, es decir, la policía o la autoridad expedidora. El mismo procedimiento debe seguirse en caso de que el titular del pasaporte se encuentre en el extranjero: ponerse en contacto con las autoridades locales e informar a la representación consular portuguesa en el país respectivo de la pérdida o el robo del pasaporte.

Cuando se complete y firme una solicitud de sustitución de un Pasaporte destruido, perdido o robado, el solicitante deberá hacer una declaración jurada sobre las circunstancias particulares de los eventos de su pérdida, robo o destrucción.

Por razones de seguridad, el documento declarado extraviado o robado se incluirá en bases de datos nacionales e internacionales con fines de incautación y no se utilizará. En caso de ser utilizado, el documento será incautado y enviado a la autoridad emisora.

El uso de un documento extraviado o robado después de su sustitución puede castigarse con una multa de 250 a 750€.

Segundo Pasaporte

La concesión de un segundo Pasaporte a un titular de un pasaporte válido solo podrá tener lugar en circunstancias excepcionales, debidamente justificadas y cuando se concluya que su concesión corresponde al interés nacional o a un interés legítimo del solicitante como resultado de las relaciones entre otros Estados. (Arte. 27 (1) del DL 138/2006, de 26JUL)

Sin perjuicio de otros documentos que el proceso de concesión pueda requerir según sea necesario y apropiado, el solicitante deberá presentar siempre:

  1. Una solicitud por escrito firmada por el solicitante en la que se indiquen los motivos de la solicitud de un Segundo Pasaporte y se enumeren los datos personales de contacto del solicitante (formulario disponible en los Centros de Atención al Cliente);
  2. Una copia de la página biográfica y de todas las páginas en las que se incluyan visados y sellos en el Pasaporte actual del solicitante.

Pasaporte de Viajero Frecuente

En la categoría de pasaporte común se encuentra el Pasaporte de Viajero Frecuente de 48 páginas, 16 páginas más que el modelo estándar, diseñado para viajeros frecuentes que requieren más páginas para visas y movimientos fronterizos.

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