En cualquier momento en que los padres con hijos menores se divorcien, hay partes específicas del decreto de divorcio relacionadas con los hijos. Estos incluyen tutela (que es el término utilizado en lugar de» custodia»), manutención de los hijos y períodos de posesión (comúnmente llamados»visitas»). En algunas situaciones, las disposiciones de un decreto relativas a los niños pueden actualizarse y modificarse. Si los padres se divorcian cuando los niños son muy pequeños, es común que las disposiciones relacionadas con los niños de un decreto de divorcio se cambien varias veces antes de que los niños salgan de la escuela secundaria.
Modificación por Acuerdo
Con frecuencia, los padres que necesitan cambios en las órdenes judiciales harán modificaciones informales al decreto de divorcio. Aunque los padres son libres de hacer acuerdos que redunden en el interés superior del niño, los acuerdos para cambios que no estén incluidos en las órdenes judiciales no cambiarán oficialmente los deberes y derechos de ninguno de los padres.
Por ejemplo, los padres pueden acordar que la manutención de los hijos ordenada en su decreto de divorcio se reduzca porque los ingresos del padre que paga han disminuido. Si el acuerdo no se recita en una orden judicial, se podría requerir que el padre que paga pague la cantidad total según lo ordenado originalmente por el tribunal si surge una disputa entre los padres y, peor aún, también podría ser acusado de desacato al tribunal y encarcelado. Esto es cierto incluso si las partes escriben su acuerdo, a menos que un tribunal lo apruebe.
La mayoría de las modificaciones se resuelven sin audiencias ni juicios. El acuerdo de los padres está escrito en una Orden Acordada Que Modifica la Orden Anterior en la Demanda Que Afecta la Relación Padre-Hijo. Cada parte y los abogados firman las órdenes y las presentan a un juez para su aprobación. Si los padres no están de acuerdo, los hechos se presentan a un juez, juez asociado o, en algunos casos, a un jurado, que decidirá si se debe modificar una orden.
Detalles para Presentar Modificaciones de Custodia y Manutención de los Hijos En Texas
Cualquier persona que tenga derecho a la custodia de un niño bajo una orden judicial puede solicitar una modificación, incluidos los abuelos y las personas con las que el niño haya vivido durante seis meses. El tribunal de Texas que concedió el divorcio retiene el poder de modificar las partes del decreto relacionadas con los niños hasta que el niño termine la escuela secundaria o viva solo. Sin embargo, si los niños han vivido por lo menos seis meses en otro condado de Texas, el caso se puede trasladar a ese condado.
Si los niños cuyos padres se divorciaron en Texas han vivido por lo menos seis meses en un estado diferente, los casos de custodia se juzgarán en el estado en el que viven los niños. La misma regla se aplica a los padres que se divorciaron en otro estado y cuyos hijos han vivido en Texas por menos de seis meses. Esta regla es parte de la Ley Uniforme de Jurisdicción de Custodia de Menores, que ha sido adoptada por casi todos los estados de la nación, incluido Texas. Los casos que se refieren únicamente a cuestiones de manutención y visitas se pueden mantener en el tribunal original si uno de los padres sigue viviendo en el lugar donde se concedió el divorcio, incluso si los hijos se han mudado fuera del estado.
En cada demanda para modificar una sentencia de divorcio, el tribunal requerirá que la persona que presenta la demanda pruebe ciertos hechos. Si la persona no puede hacer esto, el tribunal no ordenará un cambio en el decreto de divorcio. Dependiendo de los cambios que se soliciten, la persona que solicite el cambio puede tener que probar diferentes elementos, pero todos los elementos deben probarse mediante pruebas creíbles presentadas a través de testigos y documentos.
Cómo deciden los tribunales las modificaciones
Cada vez que una persona solicite cambios en un decreto, debe probar que las circunstancias de uno o ambos padres, o del niño, han cambiado material y sustancialmente desde el momento de la orden anterior. Si un cambio es «material y sustancial» se decide caso por caso. Los tribunales han dictaminado que cualquier cosa, desde el aumento de los costos de los niños mayores, hasta el traslado de un padre y los niños por todo el país, son cambios materiales y sustanciales.
Para ganar una moción para cambiar los términos y condiciones de visita, el padre que solicita el cambio debe probar lo siguiente:
- Las circunstancias de uno o ambos padres o de los hijos han cambiado material y sustancialmente desde que se emitió la orden anterior; o
- La orden o parte del decreto que se va a modificar se ha vuelto impracticable o inapropiada en las circunstancias existentes; o
- Uno de los padres se ha mudado sin dar el aviso requerido de 60 días de la mudanza al otro padre.
Para modificar una orden de manutención de los hijos, usted demuestra que las circunstancias de uno o ambos padres o del niño han cambiado material y sustancialmente desde la orden anterior. No se pueden ingresar modificaciones de manutención para montos adeudados antes de la presentación de una solicitud de aumento o disminución. Un padre que tuvo la custodia de un hijo durante un período por el que debía manutención puede usar ese hecho como defensa contra una moción de desacato por falta de pago de manutención de los hijos durante ese período.
En todos los casos, el tribunal decidirá sobre las modificaciones solicitadas en función de lo que sería en el mejor interés de los niños involucrados.