Licencias de televisión SABC

PREGUNTAS frecuentes

P: ¿CUÁLES SON LOS DIFERENTES TIPOS DE LICENCIAS DE TELEVISIÓN?
A: Hay seis tipos: 1] Una licencia nacional, anteriormente conocida como licencia privada, para hogares y / o particulares, que autoriza el uso del(de los) equipo (s) licenciado (s) únicamente en las instalaciones residenciales registradas del usuario; 2] Una licencia nacional concesionaria; 3] Una licencia comercial, para entidades (incluidos departamentos gubernamentales) que utilizan televisores en sus actividades comerciales o comerciales o en locales ocupados con fines comerciales; 4] Una licencia de distribuidor, para empresas que venden televisores; 5] Una licencia de arrendador, para empresas que alquilen aparatos de televisión; y 6] Una licencia móvil, para un aparato de televisión en cualquier vehículo, caravana, casa móvil, embarcación o aeronave utilizada con fines privados.

P: ¿QUIÉN NECESITA UNA LICENCIA DE TELEVISIÓN?
A: Con arreglo a la Ley de radiodifusión, No.4 de 1999, en su forma enmendada, toda persona o entidad que posea o utilice un televisor. La licencia sigue siendo exigible, independientemente de que se utilice o no un televisor en su posesión.

P: ¿CUÁNDO SE DEBE PAGAR UNA LICENCIA DE TELEVISIÓN Y DURANTE CUÁNTO TIEMPO ES VÁLIDA UNA LICENCIA?
A: La licencia de televisión se paga por adelantado, antes del comienzo del año de licencia del titular de la licencia. La licencia tiene una validez de un año y el período de validez se indica en la licencia.

P: ¿QUÉ ES UN TELEVISOR, TAL COMO SE DEFINE EN LA LEY DE RADIODIFUSIÓN?
A: Cualquier dispositivo diseñado o adaptado para recibir una señal de televisión abierta. Incluye un PC equipado con una tarjeta sintonizadora de TV o una grabadora de videocasete (VCR) conectada a un monitor o pantalla de TV.

P: ¿CUÁLES SON LOS DERECHOS DE LICENCIA ANUALES?
A: R265.00 por año para una licencia de televisión doméstica, comercial, de distribuidor, arrendador o móvil, y R74, 00 por año para una licencia de televisión concesionaria.

P: ¿CÓMO SABRÉ CUÁNDO RENOVAR MI LICENCIA DE TV?
A: El SABC envía avisos de renovación con ±2 meses de antelación. Sin embargo, la no recepción de dicha notificación no es una excusa para no renovar ni para la renovación tardía.

P: ¿QUÉ NECESITO AL RENOVAR MI LICENCIA?
A: En el momento de la renovación, es necesario presentar la licencia de televisión existente, una copia de la misma o un aviso de renovación.

P: ¿SE PUEDE PAGAR EL CANON A PLAZOS?
A: Sí, pero al solicitar por primera vez una licencia de televisión, se paga la tarifa anual completa de R265, 00. A partir de entonces, una licencia nacional podrá pagarse en cuotas mensuales de 28,00 RAND al mes. Sin embargo, una licencia concesionaria de R74, 00 solo se paga en una suma global, no en cuotas mensuales o trimestrales.

P: ¿QUÉ SUCEDE SI NO PAGO LAS TARIFAS DE LA LICENCIA DE TELEVISIÓN?
A: Las cuentas vencidas se entregan a los abogados de SABC para el cobro de deudas. Si los pagos se retrasan, una cuenta incurre en una multa del 10% mensual hasta un máximo del 100% anual.

Q: ¿CUÁLES SON LAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS DE INFRINGIR LA LEGISLACIÓN SOBRE LICENCIAS DE TELEVISIÓN?
A: Toda persona declarada culpable en un tribunal de incumplimiento de la ley puede ser condenada a una multa no superior a 500,00 Rand o a una pena de prisión de hasta seis meses, o ambas cosas.

P: NUESTRA FAMILIA TIENE MÁS DE UN TELEVISOR. ¿CUÁNTAS LICENCIAS DE TELEVISIÓN NECESITAMOS?
A: Se requiere una sola licencia nacional por hogar, siempre que: todos los juegos con licencia de este tipo se utilicen únicamente en las instalaciones residenciales del titular de la licencia; todos los juegos con licencia de este tipo se utilicen únicamente por miembros de la familia del titular de la licencia.

Q: ¿QUIÉNES SON CONSIDERADOS «MIEMBROS DE LA FAMILIA»?
A: Todas las personas que residan permanentemente con el titular de la licencia y dependan de él y a las que el titular de la licencia tenga la obligación legal de mantener están cubiertas por la licencia nacional única a su nombre. En otras palabras, las personas como los hijos adultos (no dependientes) que ganan su propio sustento pero residen con sus padres, los padres de edad que reciben una pensión o ingresos propios y viven con sus hijos adultos, y los huéspedes/inquilinos que viven con una familia están obligados por separado al pago de los derechos de licencia de televisión por los aparatos de televisión que poseen o utilizan.

P: ¿ES TRANSFERIBLE UNA LICENCIA DE TELEVISIÓN DE UN TITULAR A OTRO?
A: No, EXCEPTO entre cónyuges o entre «parejas de hecho» en una relación permanente que comparten la misma residencia, a la muerte de un esposo/esposa o pareja.

P: ¿SE PUEDE USAR LA LICENCIA DE TV DE OTRA PERSONA PARA COMPRAR UN TELEVISOR?
A: NADIE necesita una licencia propia, a menos que sea miembro de la familia del titular de la licencia.

P: ¿LOS «COMPAÑEROS DE VIDA» SOLTEROS QUE VIVEN JUNTOS NECESITAN LICENCIAS SEPARADAS SI TIENEN MÁS DE UN TELEVISOR?
A: No se requiere una licencia doméstica única, siempre que los socios proporcionen al SABC una declaración jurada estándar que confirme su condición de partes solteras de una pareja de hecho.

P: ¿QUIÉN CALIFICA PARA UNA LICENCIA DE TELEVISIÓN NACIONAL CONCESIONARIA?
A: Se debe solicitar al SABC dicha licencia y presentar la documentación prescrita junto con la solicitud. Las personas que reúnen los requisitos son: un beneficiario de una subvención Social del Estado, por ser una persona de edad o discapacitada o un veterano de guerra, según se define en la Ley de Asistencia Social de 1992; una persona de 70 años o más, a partir del comienzo del primer año de licencia después de cumplir 70 años, sujeto a ciertas disposiciones.

P: ¿QUÉ DOCUMENTACIÓN DEBE PROPORCIONARSE CON MI SOLICITUD PARA DICHA CONCESIÓN?
A: Se requieren los siguientes documentos: En el caso de recibir un subsidio estatal de vejez, discapacidad o veterano de guerra, confirmación de ello en forma de carta del Departamento de Desarrollo Social, en la que se indique la fecha a partir de la cual se recibe el subsidio. En el caso de una persona de 70 años o más, una declaración jurada debidamente cumplimentada y certificada (declaración jurada/solemne) que confirme las condiciones de vida del solicitante. Si el solicitante (y su cónyuge) comparten una vivienda con otra familia, sólo se concede una concesión si dicha familia tiene su propia licencia de televisión válida (pagada).

P: ¿MI LICENCIA DE TELEVISIÓN NACIONAL CUBRE EL TELEVISOR DE MI CASA DE VACACIONES?
A: Una tasa de licencia adicional a la tarifa anual completa de 265 RAND.00 se paga en la cuenta de licencia de televisión nacional existente del titular de la licencia para un televisor o aparatos de televisión en una casa de vacaciones o en locales residenciales adicionales. La licencia de televisión nacional del titular de la licencia se endosa en consecuencia, para reflejar la dirección física de dichos locales residenciales adicionales.

P: ¿MI LICENCIA NACIONAL CONCESIONARIA CUBRE EL TELEVISOR DE MI CASA DE VACACIONES?
A: No. La concesión se aplica únicamente a la residencia permanente del concesionario. Una tasa de licencia adicional a la tarifa anual completa de R265.00 se paga en la cuenta de licencia de televisión concesionaria existente del titular de la licencia para un televisor o aparatos de televisión en una casa de vacaciones o en locales residenciales adicionales. La licencia de televisión concesionaria del titular de la licencia se refrenda en consecuencia, para reflejar la dirección física de dichos locales residenciales adicionales.

P: ¿QUÉ PUEDE EXIGIRME UN INSPECTOR DE LICENCIAS DE TV CUANDO VISITE MIS INSTALACIONES?
A: La Ley de radiodifusión estipula que el SABC puede exigir a una persona que utilice un aparato de televisión, o a una persona que sea propietaria u ocupante de cualquier local en el que se utilice un aparato de televisión, que proporcione la información prescrita o necesaria para determinar si se está cumpliendo la Ley. Es posible que se le solicite que proporcione su licencia de TV, documento de identidad y/o número de cuenta de licencia de TV. Si se solicita, se debe producir un televisor para su inspección. Para determinar la validez de una licencia de televisión, también puede solicitarse información como números de recibo, número de televisores, direcciones, etc. Los inspectores autorizados con licencia de televisión podrán entrar en cualquier local para llevar a cabo una inspección.

P: ¿QUÉ SUCEDE SI UN INSPECTOR DE LICENCIAS DE TV ME DETECTA SIN LICENCIA?
A: Toda persona que posea un aparato de televisión sin tener una licencia de televisión válida estará obligada al pago de la tasa anual de licencia, más una penalización del doble de la tasa de licencia.

P: ¿ALGUNAS PERSONAS O ENTIDADES ESTÁN EXENTAS DEL PAGO DE DERECHOS DE LICENCIA?
A: Sí. Las escuelas públicas son las ÚNICAS instituciones educativas exentas del requisito legal de tener una licencia de televisión. Las escuelas privadas, las universidades y otras instituciones de enseñanza terciaria, los hospitales, los hogares de ancianos o de ancianos, las organizaciones benéficas, las iglesias y las organizaciones religiosas NO están exentos. Si el equipo de televisión (aparato de televisión y videograbadora) ha sido «desnaturalizado» al quitarse la capacidad de recepción (receptor de señal o «sintonizador»), no se requiere una licencia de televisión.

P: ¿CÓMO SE «DESNATURALIZA» UN TELEVISOR PARA QUE NO SE REQUIERA UNA LICENCIA DE TV?
A: La eliminación del «sintonizador» de un televisor lo hace incapaz de recibir ninguna señal de televisión y, en consecuencia, exime de la necesidad de obtener una licencia. La notificación por escrito al SABC de dicha desnaturalización debe estar respaldada por una prueba documental en forma de carta/factura/recibo de un reparador o instalador de TV de buena reputación. Dicha solicitud debe ir acompañada de un pago de R300, 00 al SABC, después de lo cual se enviará un agente autorizado para inspeccionar el equipo de televisión del solicitante. Al recibir la confirmación del agente de que el solicitante NO tiene equipo receptor de televisión en su poder, estará exento del pago de los derechos de licencia por el resto del período de licencia en curso. En caso de que el titular de una licencia exija posteriormente que se prorrogue dicha exención, la solicitud por escrito mediante una declaración jurada en la que se confirme que el solicitante sigue careciendo de equipo receptor de televisión deberá presentarse anualmente tres meses antes del final de cada año de licencia. Si un inspector autorizado visita las instalaciones de un titular de licencia exento y descubre que se ha restablecido la capacidad de recepción de su equipo de televisión, será responsable del pago de todos los derechos de licencia y sanciones aplicables, más una tasa de inspección de 300,00 RAND.

P: ¿NECESITO UNA LICENCIA DE TV SI MI SET SE USA SOLO PARA VER VIDEOS? ¿QUÉ DEBO HACER SI NO QUIERO PAGAR UNA LICENCIA DE TV?
A: Para qué se utiliza un televisor es irrelevante en términos de la responsabilidad legal por el pago de las tasas de licencia de televisión. Mientras se tenga en su poder un equipo de recepción de televisión, se seguirá pagando una licencia. Si uno no desea pagar una licencia, el SABC debe estar convencido de que no tiene equipo receptor de televisión en su poder porque dicho equipo ha sido desechado o desnaturalizado.

P: ¿CUÁNDO YA NO SE REQUIERE UNA LICENCIA DE TV? ¿QUÉ SE DEBE HACER PARA CANCELAR UNA LICENCIA?
A: Cuando se ha vendido o enajenado de otro modo el aparato o aparatos de televisión, ya no se requiere una licencia de televisión. El SABC debe ser notificado en un formulario prescrito (declaración jurada) del cambio de circunstancias. No se cancela ninguna licencia mientras haya dinero pendiente en una cuenta.

P: ¿SOBRE QUÉ BASE PAGA UNA ENTIDAD COMERCIAL LOS DERECHOS DE LICENCIA DE LOS TELEVISORES?
A: A diferencia de los hogares privados, las empresas pagan por televisor que utilizan.

P: ¿SOBRE QUÉ BASE PAGAN LOS CONCESIONARIOS DE TELEVISIÓN LOS DERECHOS DE LICENCIA?
A: Un distribuidor requiere una licencia de distribuidor único (de demostración) que cubra los televisores expuestos para la venta. Se requiere una licencia comercial separada para otros televisores utilizados en el local. El distribuidor que venda un aparato de televisión a un comprador sin licencia será sancionado con una multa de entre 3.000 y 10.000 Rand por cada aparato vendido.

P: ¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES DEL TITULAR DE LA LICENCIA CUANDO SE TRASLADA A UNA NUEVA DIRECCIÓN?
A: El SABC debe ser informado por escrito dentro de los 30 días de un cambio de dirección.

P: ¿CÓMO SE TRANSMITEN AL SABC LOS CAMBIOS DE DIRECCIÓN Y OTRA INFORMACIÓN DE LICENCIA DE TV?
A: Todas las notificaciones al SABC deben hacerse por escrito y dirigirse a: The Manager, Television Licences, SABC, Private Bag X60, Auckland Park 2006; o por correo gratuito a: JHZ153K, SABC, Auckland Park; o por fax / correo electrónico a los números/direcciones que figuran en la correspondencia de licencia de televisión de SABC.

P: ¿QUÉ SUCEDE SI UN BANCO DESHONRA UN CHEQUE POR EL PAGO DE SU LICENCIA DE TV?
A: El titular de la licencia deberá abonar un importe de 100,00 RAND sin IVA por cheque no reembolsado devuelto al SABC por sus bancos o puntos de pago.

P: ¿CÓMO Y DÓNDE SE PUEDE PAGAR UNA LICENCIA DE TV?
A: Los detalles de las opciones de pago y los puntos de pago están impresos en el reverso de su estado de cuenta de licencia de TV.

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