Guía de medidas cautelares

¿Qué es una medida cautelar?

Una orden judicial es una orden judicial que ordena a una empresa o persona que deje de hacer (llamada «orden judicial prohibitiva») o que haga (una «orden judicial obligatoria») un acto o cosa en particular. La parte que infrinja una orden judicial puede ser declarada en desacato al Tribunal, lo que en algunas circunstancias puede dar lugar a una pena de prisión.

¿Cuándo puede una parte solicitar una orden judicial?

Se puede solicitar una orden judicial antes o después de que se haya iniciado el procedimiento judicial. El Tribunal puede dictar una orden judicial antes del inicio de las actuaciones judiciales cuando el asunto es urgente o si es necesario en interés de la justicia (por ejemplo, si existe un riesgo real de que se disipen los fondos o se destruyan las pruebas).

Una medida cautelar dictada antes de que un caso vaya a juicio se conoce como medida cautelar «interlocutoria» o «provisional». Se puede expresar que permanecerá en vigor durante un período de tiempo determinado. De lo contrario, permanecerá en vigor hasta que el asunto llegue a juicio o el Tribunal dicte una nueva orden. Cuando el caso llegue a juicio, el Tribunal decidirá si dicta o no una orden judicial «final». A continuación se examinan con mayor detalle los mandamientos provisionales.

Principios generales

Los siguientes principios son aplicables a todos los mandamientos judiciales:

1. La parte que solicita la medida cautelar debe tener una reclamación subyacente válida

Debe poder demostrar que tiene derechos legales que han sido o pueden ser socavados por la acción de las otras partes, o que la otra parte se ha comportado, o es probable que se comporte de manera desmedida. Debe existir una causa de fondo (es decir, una que pueda fundar una acción ante el Tribunal de Justicia)

2. Las medidas cautelares son un recurso discrecional

Una medida cautelar es un recurso equitativo, lo que significa que:

  • El Tribunal nunca está obligado a otorgar un requerimiento judicial y utilizará su discreción para otorgar un requerimiento judicial solo cuando parezca justo y conveniente hacerlo;
    ii. Un requerimiento judicial está sujeto a las reglas de equidad habituales, en particular:
    • Cualquier retraso en la solicitud de un requerimiento judicial puede perjudicar gravemente las perspectivas de obtener un; y
    • La parte que solicita la orden debe tener «manos limpias» (es decir, debe haber actuado correctamente).

3. La indemnización por daños y perjuicios no debe ser un recurso adecuado

El Tribunal no concederá una medida cautelar si la concesión de una indemnización financiera sería un recurso adecuado (es decir, si la parte que solicita la medida cautelar puede ser resarcida en su totalidad, simplemente mediante una indemnización por daños y perjuicios).

medidas cautelares

las medidas cautelares son obtenidos «sobre aviso» o «sin previo aviso». Con una solicitud de» aviso previo», se le dice a la otra parte que se está haciendo la solicitud de una orden judicial y cuándo y dónde se escuchará.

Se hace una solicitud «sin aviso» sin que la otra parte tenga aviso de la solicitud o esté presente en la audiencia de solicitud. El Tribunal solo otorgará una orden judicial sobre dicha solicitud si hay buenas razones para no notificar al demandado (p. ej. el asunto es tan urgente que el solicitante no tiene tiempo para decirle al demandado que tiene la intención de solicitar una orden judicial, o cuando la notificación conllevaría un grave riesgo de destrucción de pruebas o de disipación de activos antes de que se escuche la orden judicial).

Las solicitudes de medidas cautelares pueden ser «ex parte»o» inter partes». En una solicitud «ex parte», solo la parte que solicita la orden judicial tiene la oportunidad de presentar su caso ante el Tribunal. En una solicitud «inter partes», el Tribunal escuchará los argumentos de ambas partes.

También puede haber combinaciones de lo anterior. Por ejemplo, una solicitud particularmente urgente podría ser «ex parte sin notificación». En casos menos urgentes (pero donde todavía no hay tiempo para que la otra parte prepare el caso), puede ser «ex parte previa notificación» (en cuyo caso la otra parte puede asistir a la audiencia y se le puede permitir hacer representaciones limitadas, pero no podrá presentar un caso completo).

Para proceder con una solicitud» ex parte » es necesario presentar un caso lo suficientemente sólido como para justificar el procedimiento judicial sin escuchar el caso de la otra parte. Es fundamental que la parte que solicita la medida cautelar revele al Tribunal todos los hechos pertinentes, incluidas las cuestiones desfavorables para su caso .De no hacerlo, el requerimiento judicial puede ser anulado y el Tribunal puede ordenar a la parte solicitante que pague las costas de la otra parte y los daños y perjuicios causados por el requerimiento.

Si el Tribunal concede un interdicto «ex parte», por lo general fijará una fecha para una nueva audiencia, con todas las partes presentes, y el interdicto provisional solo durará hasta la fecha de esa audiencia. Alternativamente, la medida cautelar puede expresarse para que dure indefinidamente (hasta el juicio), pero con la condición de que la parte sujeta a la medida cautelar pueda solicitar al Tribunal que modifique o cumpla el compromiso. En cualquier audiencia posterior, la parte que está sujeta a la medida cautelar puede argumentar que la medida cautelar no debería haberse concedido o debería anularse.

El Tribunal está facultado, en todo momento, para modificar o anular una medida cautelar a solicitud de cualquiera de las partes.

Compromiso cruzado en materia de daños y perjuicios

En general, antes de conceder un requerimiento provisional, el Tribunal exigirá a la parte que solicite un requerimiento que otorgue a la otra parte un «compromiso cruzado en materia de daños y perjuicios» (es decir, un compromiso de indemnizar a la otra parte por cualquier daño que el requerimiento pueda causar, si el Tribunal decidiera en una fecha posterior, por cualquier motivo, que el requerimiento no debería haberse concedido o que debería haberse cumplido). Dependiendo de las circunstancias del caso, los daños y perjuicios concedidos en virtud de un compromiso cruzado pueden ser considerables.

El Tribunal también puede exigir a la parte que solicita el requerimiento que demuestre que dispone de los medios para hacer frente a cualquier responsabilidad en virtud de los compromisos cruzados (y si se encuentra fuera de Inglaterra y Gales, puede que tenga que depositar y dejar fondos en Inglaterra y Gales como depósito para dicha responsabilidad). La capacidad o no de la parte que solicita un requerimiento para hacer frente a su posible responsabilidad en virtud del presente compromiso se tendrá en cuenta al decidir si se concede o no un requerimiento.

¿Qué procedimiento debe seguirse para obtener una orden judicial?

Se presenta una solicitud al Tribunal que se ocupa (o se ocupará) de la demanda principal. El requisito de notificación formal de la Solicitud puede prescindirse en el caso de una solicitud sin notificación (aunque normalmente será necesario que el Tribunal emita una Notificación de la Solicitud con carácter de urgencia).

Un Aviso de Solicitud debe indicar:

  • Qué orden solicita el solicitante;
  • Las razones por las que el solicitante solicita la orden;
  • (Si hay una audiencia) la fecha, hora y lugar de la audiencia.

Si el solicitante desea confiar en algo en el aviso de solicitud como evidencia, debe ser verificado por una declaración de verdad.

Por lo general, la solicitud de una medida cautelar debe estar respaldada por pruebas. Por lo general, esto se hará en forma de declaración de testigos o declaración jurada que incluya todos los hechos materiales de los que el Tribunal debe tener conocimiento, y adjuntando los documentos pertinentes. De hecho, los mandamientos judiciales se argumentan normalmente sobre la base de declaraciones o declaraciones juradas, en lugar de testigos «en vivo».

Como se mencionó anteriormente, el solicitante de una orden judicial (especialmente en el caso de una solicitud «ex parte») tiene la obligación de informar al Tribunal de cualquier cuestión que pueda ayudar a la otra parte o que considere que la otra parte habría planteado si hubiera tenido la oportunidad de ser oída. Esta obligación se extiende a los hechos que el solicitante o la otra parte habrían conocido si hubieran realizado las investigaciones adecuadas. Si posteriormente el Tribunal considera que la parte que solicita la medida cautelar no ha realizado las indagaciones adecuadas ni la divulgación completa, anulará la medida cautelar, lo que expondrá a esa parte a una demanda por daños y perjuicios en virtud de su compromiso cruzado (como se ha mencionado anteriormente) y a una orden de costas adversas.

¿Qué costes implica?

Mientras que los costos de solicitar o resistirse a una solicitud de un requerimiento judicial siempre dependerán de los hechos y circunstancias del caso particular, los mandamientos judiciales son en general un remedio costoso y lento y los costos pueden ascender rápidamente a miles e incluso decenas de miles de libras.

Los factores que afectarán el nivel de costos incluirán:

  • La urgencia de la solicitud;
  • El número de testigos involucrados; y
  • Si la solicitud se presenta con o sin aviso.

La información de este artículo pretende ser información general sobre la ley inglesa únicamente y no exhaustiva. No debe utilizarse como asesoramiento jurídico ni como alternativa a recibir asesoramiento profesional en relación con circunstancias específicas.

El tema de los mandamientos judiciales es un área compleja y ninguna guía de mandamientos judiciales puede establecer todos los factores relacionados con un caso particular. Por lo tanto, esta guía no es un sustituto del asesoramiento detallado sobre su caso. Si desea una explicación más detallada de cualquier punto de esta Guía, póngase en contacto con nosotros.

Para más información Andrew Perkins en el Equipo de Resolución de Disputas.

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