Errores judiciales: planes de indemnización

A veces se asume que las víctimas de errores judiciales deben tener derecho a una indemnización, en particular si han pasado tiempo en custodia antes de ser indultadas o de que se anulen sus condenas. Sin embargo, no es así: la indemnización es la excepción y no la regla.

Hasta abril de 2006, el Gobierno administraba dos planes de indemnización para las víctimas de errores judiciales en Inglaterra y Gales: un régimen discrecional y un régimen estatutario. Sin embargo, desde entonces se ha abolido el régimen discrecional. El sistema legal otorga al Secretario de Justicia facultades discrecionales para pagar una indemnización a una persona condenada injustamente «cuando su condena haya sido revocada o haya sido indultada por un hecho nuevo o descubierto que demuestra más allá de toda duda razonable que ha habido un error judicial».

En 2011, el Tribunal Supremo dictaminó que el significado de «error judicial» a los efectos del régimen legal no debería limitarse a los solicitantes que puedan demostrar de manera concluyente su inocencia. En lugar de ello, debería extenderse a los casos en que un hecho nuevo o descubierto recientemente «socava de tal manera las pruebas contra el acusado que ninguna condena podría basarse en él». Sin embargo, el Gobierno ha legislado desde entonces para revertir el efecto de esta decisión; para las solicitudes presentadas a partir del 13 de marzo de 2014, habrá habido error judicial «si y solo si el hecho nuevo o descubierto demuestra más allá de toda duda razonable que la persona no cometió el delito».

Si el Secretario de Estado decide que un solicitante tiene derecho a una indemnización en virtud del artículo 133, la cuestión de cuánto debe concederse es determinada por un asesor independiente. Puede hacer deducciones por cualquier conducta del solicitante que contribuyó a la condena, por sus antecedentes penales y por «gastos de subsistencia ahorrados». El importe máximo de la indemnización pagadera es de 1 millón de libras esterlinas en los casos en que el solicitante haya estado encarcelado durante al menos 10 años, o de 500.000 libras esterlinas en todos los demás casos.

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