AVISO A LOS EXPORTADORES

Este aviso se emite para información de exportadores, agencias e instituciones que participan en el negocio de promoción de exportaciones en Nigeria.

  1. El negocio de exportación en todo el mundo se centra principalmente en la documentación. Esto se debe a que se confía mucho en los documentos relacionados con el precio, la cantidad, el embalaje, el envío/ movimiento, el origen, etc., en un intento de confirmar el cumplimiento de los procedimientos estipulados. El comprador, por ejemplo, necesita documentos que le permitan despachar la mercancía en su país, mientras que el vendedor/ exportador necesita documentos para asegurarse de que recibirá el pago. En consecuencia, las mercancías no pueden exportarse a destino fuera de Nigeria a menos que el exportador haya cumplido con los requisitos de documentación prescritos.
  2. Cualquier persona que desee participar en negocios de exportación debe registrarse en el Consejo de Promoción de Exportaciones de Nigeria (NEPC).
  3. Se requiere que un exportador complete y registre el Formulario NXP con un Distribuidor Autorizado (cualquier Banco Comercial o Mercantil) de su elección.
  4. Los objetivos de completar el Formulario NXP son garantizar:
    • que los bienes que se exportarán cumplan con las expectativas del comprador (pedido), ya que los bienes estarán sujetos a inspección realizada por las agencias gubernamentales pertinentes. Dependiendo de los artículos de exportación, estos incluyen: Cuarentena de Plantas (Ministerio Federal de Agricultura), Servicio Federal de Inspección de Productos (Ministerio Federal de Comercio y Turismo), Agencia Nacional de Alimentos y Medicamentos (Ministerio Federal de Salud) y Organización de Normalización de Nigeria (SON).
    • que solo se han enviado los productos que han satisfecho el pedido del comprador: el Servicio de Aduanas de Nigeria en el envío certificará debidamente una copia del formulario.
    • que el producto (pago) adeudado al exportador se repatríe debidamente dentro de los 90 días posteriores al envío de la mercancía y se acredite en su Cuenta Domiciliaria mantenida con el Distribuidor Autorizado que proceda o registre el Formulario NXP.
  5. A los exportadores se les permite cobrar divisas a sus Cuentas Domiciliadas para las siguientes actividades de promoción de exportaciones:
    • Subsidio para viajes de negocios
    • Viajes de negocios orientados a la exportación debidamente certificados y aprobados por el banco donde se llevan las Cuentas Domiciliarias.
    • Actividades relacionadas con la exportación, como misiones comerciales, ferias comerciales, marketing de exportación, investigación, etc.
    • El exportador también debe vender parte o la totalidad de sus ingresos de exportación en esta Cuenta Domiciliaria de Naira a cualquier Distribuidor Autorizado al tipo de compra vigente en el Mercado de Divisas Autónomo (AFEM).
    • El producto de la exportación de las Cuentas Domiciliarias también podría ser utilizado por el exportador para las importaciones, siempre que el producto haya sido repatriado en su totalidad en un primer momento.

Requisitos de procedimiento y documentación

Los siguientes son los requisitos documentales básicos para una transacción de exportación:

    • Un Formulario NXP rellenado de derechos
    • Una Factura Proforma
    • Un Contrato/ Acuerdo de venta, en su caso
    • Certificado de Registro NEPC
    • Certificado de Calidad pertinente emitido por una o más de las agencias mencionadas en 1 (d))(1)
    • Documentos de envío, por ejemplo, Conocimiento de salida, Conocimiento de embarque, etc.
    • Otros certificados, por ejemplo, el formulario EUR-1

Distribución del Formulario NXP

El exportador deberá completar un Formulario NXP que incluya los siguientes detalles:

    • Nombre y dirección del exportador
    • Número NEPC
    • Descripción de las mercancías que se van a exportar
    • Cantidades y sus medidas
    • Coste unitario de las mercancías
    • Coste total de las mercancías
    • Otros gastos, en su caso
    • Modo de transporte
    • Nombre y dirección del comprador (destinatario)
    • País de destino
    • Otros documentos como Certificados Fitosanitarios, Certificado de HIJO, NAFDAC, etc.

El formulario NXP se completa en seis (6) copias. El banco de procesamiento conservará la primera copia y la segunda copia se enviará al Banco Central de Nigeria (CBN). Una vez extraída la información pertinente, se enviará la misma copia a la Autoridad Marítima Nacional (ANM). Los ejemplares tercero, cuarto, quinto y sexto se enviarán al Servicio de Aduanas de Nigeria (NCS). Después del envío de las mercancías y de los endosos necesarios por parte de la NCS, las copias se enviarán sin demora al CBN, al Consejo de Promoción de Exportaciones de Nigeria (NEPC) y al exportador, mientras que la NCS conservará una copia.

Reparación del producto de la exportación

El producto deberá repatriarse a una Cuenta Domiciliada del producto de la exportación que se mantenga en el banco de procesamiento dentro de los noventa (90) días siguientes al envío, con los correspondientes mensajes de fax o correo electrónico que acrediten la recepción del producto. Los bancos deben certificar sin demora la recepción de ese producto al Banco Central de Nigeria.

Sistemas de Incentivos a la exportación

Dentro de las disposiciones del Presupuesto de 1999, los diversos sistemas y fondos de incentivos a la exportación se consolidarán en el nuevo Sistema de fabricación bajo fianza, en virtud del cual el pago de incentivos en efectivo a los exportadores se sustituirá por la introducción de un Certificado de Crédito de derechos negociable.

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